Los Certificados de Resultancias de Autos (CRA) de la sucesiones entre 1949 y 1959 no era exigible la inscripción registral en Uruguay.
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Certificado de DGI relativo al IVA por agregación de valor en la construcción sobre inmuebles - ¿Se controla pasados 10 años de las construcciones?
El certificado especial de IVA por agregación de valor se exige únicamente cuando el vendedor realizó la construcción o incorporó mejoras significativas dentro del plazo de 10 años anteriores a la venta.
Esto surge del artículo 34 del Decreto 220/998, que establece que la enajenación de inmuebles no estará gravada por IVA si la construcción tiene más de 10 años contados desde su habilitación final o finalización de obra.
En la escritura se suele dejar constancia de que “no se exige certificado de DGI relativo al IVA por agregación de valor, por haber transcurrido más de 10 años desde la finalización de la construcción"
Control de declaraciones vehículos gananciales - solo declara el cónyuge administrador
En compraventa automotor sólo se toma declaración de ser contribuyentes al BPS, (IRAE o IMEBA por el CUD) al cónyuge Administrador de bienes gananciales.
A saber respecto del control de BPS en materia de automotores (material disponible en: https://portal.dgr.gub.uy/reg-prop-seccion-mobiliaria-prendas-sd/observaciones-frecuentes1)
- Se controla Certificado de BPS o declaración jurada negativa.- Se controla Certificado de BPS o declaración jurada negativa.
- Control por enajenante o dador prendario.
- Se controla: - número y fecha de expedición.
- declaración de vigencia del mismo.
- Prenda Agraria o Industrial: - Certificado Especial ó
- Declaración jurada negativa
- Con excepción de las S.A. siempre puede declararse bajo juramento no ser contribuyente al BPS, sin considerar el tipo de vehículos que se enajena o bien que se prenda.
- Principio de insubsanabilidad: La inscripción no implica regularización de deudas ante el BPS.
- El control se realiza únicamente respecto del cónyuge administrador de los bienes gananciales.
- El certificado debe estar vigente al momento del otorgamiento.
Información de adeudos en la Dirección Nacional de Transporte
Información de adeudos en la Dirección Nacional de Transporte (omnibus, etc):
https://www.gub.uy/tramites/consulta-adeudos-vehiculo-registrado
Sucesión o Sucesiones en Uruguay
SUCESIÓN EN URUGUAY
CUANDO SE DEBE TRAMITAR UNA SUCESIONPRECIO aprox.: U$S 2400 + IVA - Cel: 099 299 345
Telefónicamente establecemos el precio específico para el caso concreto.
ATENCION: Nosotros avisamos cuando estamos en condiciones de continuar con la siguiente etapa y usted dispone cuando seguimos adelante al entregarnos el dinero de cada cuota; no es un tramite que deba realizarse corrido una vez comenzado.
MODALIDAD DE TRABAJO:
Creamos un grupo de contacto, a través del cual se informan los movimientos y en el cual se realizan todos las consultas.
1) Si la sucesión incluye bienes inmuebles, se debe pagar el Impuesto a la Transiciones Patrimoniales (ITP), se tiene plazo de 1 año desde el fallecimiento del causante; de pagarlo fuera de plazo se deben pagar multas y recargos. Luego de realizar el pago, mediante recibo que confeccionamos y se paga en ABITAB o REDPAGOS, se debe presentar una declaración jurada en la DGI, la que será exigida al momento de la inscripción en el Registro de la Propiedad del certificado de resultancias de autos.
El ITP de padres a hijos (línea recta) es del 3% del valor real; si no es línea recta será del 4%; se calcula el precio al momento del fallecimiento, dejo aquí un enlace para obtener la cédula catastral y tener un valor estimado. Si fallece uno de los padres y es un bien ganancial (lo compraron ambos) se aportará el 50% del ITP, ya que el cónyuge supérstite sigue siendo propietario de su 50%.
Link para obtener la cédula catastral de o los padrones incluidos en la sucesión.
Indique si se trata de propiedad común o propiedad horizontal, indique departamento y número de padrón (si es ph indicar también la unidad). Descargará la cédula catastral, al final de la cédula catastral figura el monto a ser considerado para el pago del ITP. A ese monto calcule el 3 o 4 % (es estimado ya que se debe actualizar el monto al mes del fallecimiento del causante).
2) Los herederos deberán presentarnos originales o fotocopias de los títulos de propiedad de los bienes, indicar cuentas bancarias (de no saberlo se deberá oficiar para conocerlas), sus documentos de identidad e indicar sus datos personales; no tiene porque presentarse todos juntos (estamos prox. Ramón Anador y Propios).
5) Se firma escrito sucesorio solicitando la apertura legal de la sucesión.
7) Se presenta el segundo escrito sucesorio estableciendo la relación de bienes y declaratoria de herederos.
CUOTA 4
10) Entrega de documentación.
QUE DEBEN HACER LOS HEREDEROS:
Esc. Fernando Padilla
Correo: escpadilla@adinet.com.uy
Montevideo
Cel. o WhatsApp: 099 299 345
Desde el exterior +59899299345
Atención personalizada e inmediata
Atención personalizada e inmediata
Solicitud de información registral remota, a tener presente.
1 - información de personas
Para solicitar información sobre personas, se debe seleccionar en la pestaña correspondiente la opción que se necesite : físicas o jurídicas, de ésta manera se despliega el formulario con el formato diseñado para cada caso.2 - información Reg. Nac. de Comercio
Al solicitar información del Registro Nacional de Comercio, se digita la denominación de la empresa, omitiendo signos, (el RUT es opcional). Posteriormente se desmarca el casillero de Interdicciones y se marca el casillero correspondiente a Comercio.
3 - apóstrofes
En apellidos o denominaciones sociales que contengan un apóstrofe, éste debe digitarse . El apóstrofe ( ' ) junto con el signo numeral ( # ) - tecla ALT GR junto con el 3 - que se utiliza en sustitución de la letra Ñ, son los únicos signos admitidos por el sistema. De no localizarlos en el teclado se obtienen manteniendo oprimida la tecla ALT y digitando 35 para el numeral, y ALT digitando 0146 para el apóstrofe.4 - nombres compuestos
En nombres compuestos no se deben digitar los artículos y las preposiciones, ej. María del Carmen; María de los Angeles, se digita María en campo de primer nombre y Carmen, Angeles, en el campo segundo nombre.
5 - apellidos compuestos
Los apellidos compuestos se digitan textualmente en el campo correspondiente, según sea primer o segundo apellido, ejs. Zorrilla de San Martín; De los Santos. Se incluyen en el digitado artículos, preposiciones y los espacios correspondientes entre cada elemento.Extraido de: http://www.dgr.gub.uy/solremotas/sol_remotas_tips.htm