Bases y condiciones de sorteo sin obligación de compra

BASES PROMOCIÓN DE SERVICIOS “Al jardín con Empresa XX”

1- AA y BB (en adelante “el Organizador”), realizará la presente promoción sin obligación de compra en beneficio de sus lectores, denominada “Al Jardín con Empresa XX” que se regirá por las presentes bases (en adelante “las Bases”).

2- Aceptación de las Bases: Quienes participen de la promoción “Al Jardín con Empresa XX” aceptan por su sola participación todas y cada una de las disposiciones de estas Bases,

3- Vigencia: La presente promoción tendrá vigencia en la República Oriental del Uruguay desde el 15/11/2010 o a partir de la fecha en que sea autorizada por la Dirección General de Comercio hasta el 14/3/2011.

4- Condiciones de participación: La presente promoción está dirigida fundamentalmente a lectores de Empresa XX. Podrán participar todas aquellas personas que sean lectores de Empresa XX durante la vigencia de la promoción siempre que:

(i) Tengan residencia en el territorio de la República Oriental del Uruguay;

(ii) Hayan completado los datos requeridos para participar en la promoción (mínimo: nombre, apellido, cedula de identidad, y correo electrónico).

5- Exclusiones: No podrán participar de la promoción empleados de Empresa XX, ni sus cónyuges y/o sus parientes por consanguinidad hasta el primer grado inclusive, ni directores u empleados de ZZ S.A y XX S.A. vinculados directa o indirectamente a la presente promoción.

6- Modalidad de Participación: Los lectores de la revista XX, revista de distribución gratuita que quieran participar en la promoción deberán ingresar sus datos en el sitio web de TaTeTi www.tateti.com.uy, en el link “Al Jardín con TaTeTi”.

Con el ingreso de sus datos durante el periodo de vigencia de la promoción, se generará un cupón para participar del sorteo por el premio que se detalla en el numeral 8.

Cada lector de XX que cumpla con las condiciones de participación establecidas en el numeral 4 o cada persona que acceda gratuitamente a la participación según lo previsto en el numeral 14, participarán en el sorteo con un solo cupón, sin importar las veces que se registren vía web o que soliciten la participación gratuita.

7- Asignación de premios. El ganador de esta promoción se determinará mediante sorteo.

El sorteo se realizará el día 15 de Marzo del 2011.

Entre todas las personas que se hayan inscripto hasta el 14 de marzo del 2011, se sorteará un ganador y dos suplentes. El ganador será notificado en la forma prevista en el numeral 11. En caso que el ganador no concurra a retirar el premio en un periodo de 15 días corridos posterior a la notificación o no cumpla con cualquiera de las condiciones previstas en las presentes bases se recurrirá al 1er suplente, asignándose el mismo periodo de 15 días corridos a partir de la notificacion para retiro del premio conforme lo exige la normativa aplicable y la misma modalidad será aplicada en caso de recurrir al segundo suplente.

El mismo será comunicado por los mismos medios que los utilizados para la difusión de esta promoción.

El sorteo se realizará ante escribano público en Plaza Cagancha 1145 P.3, Montevideo.

Será responsabilidad de los inscriptos el correcto registro de todos los datos requeridos para la participación. El premio no será entregado a quien haya registrado datos falsos o que no coincidan con los reales o no haya accedido a la participación gratuita prevista en el numeral 14.

Los premios serán entregados dentro del plazo previsto en las bases en el día y hora coordinado con el ganador en las oficinas del Organizador ante escribano público (Dirección). En caso que el ganador resida en el interior del país tendrá la opción de solicitar que el Organizador asuma el costo de un pasaje de ómnibus de ida y vuelta.

La probabilidad de ser favorecido en la presente promoción dependerá de la cantidad de personas que participen en la misma.

Si por cualquier motivo el 31 de mayo del 2011 esta promoción no presento un ganador quedara desierto.

8- Premios a sortear:

Entre todos los participantes que se hayan inscripto durante el período de vigencia de la acción, se sorteará el siguiente premio:

Una escolaridad anual para un jardín maternal o preescolar a elección del favorecido para usufructo durante el año 2011.

El premio incluye:

El pago directo de 11 mensualidades medio horario de hasta 4.500 pesos uruguayos cada una al jardín maternal o preescolar elegido por el favorecido, siendo el monto total del premio no superior a los 49.500 pesos uruguayos.

9- Condiciones de retiro, uso del premio y validez: El premio no podrá ser canjeable por su valor en efectivo y no puede ser cedido ni transferido a terceros salvo autorización expresa del Organizador.

El premio tendrá validez desde el 15 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2011.

El ganador del premio al momento de recibir el mismo, deberá indicar cual jardín maternal o preescolar es el seleccionado para que el organizador pueda realizar las gestiones pertinentes para el usufructo del premio.

En caso de no indicar dentro de 15 días corridos cual jardín maternal o preescolar es el seleccionado perderá derecho al mismo.

El premio es específico y tiene por objeto pagar la escolaridad anual de un jardín maternal y/o preescolar. En ningún caso podrá canjearse por su valor en efectivo, salvo que el ganador justifique en debida forma haber realizado pagos al jardín maternal y/o escolar con antelación al correspondiente período, en cuyo caso el ganador recibirá el reembolso de los pagos efectuados siempre y cuando no superen el monto estipulado en el numeral 8.

El ganador deberá presentar la Cédula de Identidad para comprobar sus datos y reclamar el premio y todos los datos deben coincidir con los ingresados.

10- No responsabilidad del Organizador. El Organizador únicamente se responsabiliza por la organización integral de la promoción y por la entrega del premio derivado de la misma deslindando toda otra responsabilidad no prevista expresamente en las presentes bases.

El Organizador considera concluida la presente promoción una vez realizada la entrega del premio.

El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudiera sufrir el ganador con motivo del retiro, uso y disfrute del premio.

Tampoco tendrá responsabilidad alguna ni asumirá costos adicionales en caso que el ganador decida realizar modificaciones y/o cambios luego de ser entregado el premio.

11- Difusión de sorteos – entrega de premios: El ganador, será contactado por el Organizador por correo electrónico y/o teléfonos de contacto ingresados al registrar sus datos para coordinar la entrega del premio. Los participantes aceptan que los datos ingresados al registrarse son los que se considerarán válidos a todos los efectos de las notificaciones.

Es condición indispensable para hacer efectiva la entrega del premio, que el beneficiario de la promoción firme la constancia de entrega de premio que el Organizador le suministrará y que cumpla con todos los requisitos previstos en estas bases.

12- Modificación de las bases: Cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, el Organizador podrá cancelar, suspender o modificar la presente acción, solicitando previa autorización a la autoridad competente y realizando la correspondiente difusión.

13- Promoción de servicios: Por tratarse de una promoción sin obligación de compra no esta comprendida dentro del espíritu de la ley 15.861.

14- Participación gratuita: Aquellas personas que deseen participar gratuitamente en el departamento de Montevideo y Ciudad de la Costa, podrán hacerlo completando sus datos en cupones de participación ubicados en diferentes puntos de Montevideo y Ciudad de la Costa publicados en www.emperesaxx.com o concurriendo personalmente a (dirección), los días lunes en el horario de 10.00 a 12.00 y 14:00 a 16:00 horas en donde brindarán sus datos para participar del sorteo.

15- Publicación de las Bases y Condiciones: Las bases y condiciones de la presente promoción estarán publicadas en la página de Empresa XX www.emperesaxx.com.

16- Uso de imágenes de los ganadores: El ganador autoriza al Organizador a utilizar públicamente su imagen, voz, nombre a efectos de dar publicidad al sorteo y entrega de premio previstos en las presentes bases sin derecho a compensación alguna. A los efectos de respaldo, firmará la autorización correspondiente al momento de retirar el premio respectivo.

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