CUD - Certificado Único Departamental

1) MARCO JURIDICO REGULATORIO. El C.U.D. fue creado por el art. 487 de la ley 17930 y reglamentado por los Decretos 502/07 del 20-diciembre-2007 y Decreto 329/008 del 7 de julio del 2008.

2) ¿QUIENES DEBEN SOLICITARLO? Los sujetos pasivos del IRAE y/o del IMEBA (art. 2º. del Decreto), que sean Sujetos Pasivos de los tributos municipales: Contribución Inmobiliaria y Patente de Rodados para la realización de algunos de los actos indicados por el art. 3o del Decreto 502/07 en el texto dado por el Decreto 329/08. SUJETOS PASIVOS CONTRIBUYENTES: A) Contribución Inmobiliaria: I) Propietarios; II) Poseedores a cualq. título; III) Promitentes Compradores con promesa inscripta, y IV) Mejores postores en remate judicialmente aprobado. B) Patente de Rodados: I) Propietarios; II) Titular registral en Regtro de Vehículos de la IMM, III) Poseedor a cualq. título, IV) Mejor postor en remate judicial o realizado por Organismos Públicos; V) Promit. Comprador con compromiso con firmas certificadas ante Escribano y VI) Usuario del automotor con Contrato de Crédito de Uso (Leasing).

3) ACTOS para los cuales se requiere el C.U.D. (art. 3 )
-Otorgamiento o renovación de préstamos mayores a UI 20.000 ante Instituciones de Intermediacion Financiera.
-Compraventas, permutas, donaciones, dación en pago, aportes a sociedades comerciales, fideicomisos, hipotecas y promesas de Bienes Inmuebles.
-Compraventas, permutas, donaciones, dación e pago, aportes a sociedades comerciales, fideicomisos y prendas de Vehículos Automotores con aptitud registral
-Compraventas de vehiculos automotores otorgadas en cumplimiento voluntario de Contratos de Créditos de Uso (leasing). En este caso el certificado será expedido por el Usuario de Leasing.

4) NO SE SOLICITARA POR DERECHOS DE MEJOR POSTOR EN REMATE. Por disposición del Dec. 329/2008 no deberán incluirse en la Declaración Jurada los bienes inmuebles o automotores sobre los cuales el solicitante sea titular de derecho de mejor postor en remate o cesionario de los mismos.

5) CASOS EN LOS CUALES NO SE EXIGIRA EL CONTROL DEL C.U.D.
* -Bienes de propiedad o administrados directamente por el B.H.U y la A.N.V., ni los comprendidos en los fideicomisos que estos administren.
* -Ejecuciones por expropiación, ejecución forzada judicial, extrajudicial o “judicial simplificada” (art. 35 y sig. Ley 18.125), cumplimiento forzado de ley 8.733 y concordantes.
* -Adjudicaciones a favor del B.H.U. posteriores a remates frustrados y en el caso del art. 50 de ley 18.125.
* -Adquisicion de biens inmuebles por MEVIR no superiores a 15 hás. destinados a construcción de viviendas o servicios anexos.
* -Compraventa y prendas de automotores Cero Kilómetro.
* -Compraventa en cumplimiento de promesas inscriptas en las que se haya entregado la ocupación del bien inmueble.
* -Hipotecas y prendas cuando se adquieren simultáneamiente al inmueble o automotor objeto de la garantía.
* -Adquisiciones por Sucesión o Prescripción.
* -Enajenaciones a favor de las instituciones aseguradoras que indemnicen por destrucción total o desaparición de vehículos automotores, incluyendo las comunicaciones realizadas por las mismas al Registro Nacional de Automotores.

6)¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A EXIGIRLOS Y CONTROLARLOS? (art. 3º del Decreto)
(*) - Instituciones Financieras para otorgamiento y renovación de préstamos. Se deberá solicitar en todos los departamentos donde se encuentren ubicados los bienes que se declararon en el estado de responsabilidad patrimonial.- (art. 4º del decreto)
(**) - Escribanos y Registros Públicos para los actos indicados.

7) LUGAR DONDE SE DEBE SOLICITAR: En el lugar donde se encuentre ubicado el inmueble o empadronado el vehiculo automotor. (art. 6º del decreto)

8) ¿COMO SE SOLICITA?
- En FORMULARIO que proporcionarán las Intendencias . ADJUNTAR: A) fotocopia de la Céd. Ident. del Contribuyente, del representante legal de la Persona Jurídica solicitante. Si la solicitud es firmada por Apoderado adjuntar tambien fotocopia de Ced. Ident del mismo, testimonio notarial del poder habilitante con constancia de vigencia del mismo. B) Valorado municipal. C) Timbre profesional art. 71 inc. G de ley 17738 del 7/1/2005 y D) Seguro Obligatorio de Automotor (SOA).

-DATOS A PROPORCIONAR POR EL SOLICITANTE:
A) Nombres completos de la Persona Fisica o Jurídica y del firmante, B) No. de RUT de la DGI, C) No. de inscripción en BPS, D) Domicilio constituído, E) Teléfono, F) Dirección de correo electrónico; y G) Indicación de los números de Padrones de todos los inmuebles y automotores.

9) BIENES QUE DEBEN INCLUIRSE EN LA DECLARACION JURADA. Todos los inmuebles y automotores en relación con los cuales el solicitante sea sujeto pasivo de tributos municipales. (ver punto 2 sujetos pasivos con excepción del mejor postor en remate)

10) DONDE SE SOLICITA y EXPIDE. Sección Gestiones Registrales y Documentación (Gravámenes) del Serv. de Gestión de Contribuyentes. Palacio Municipal. Atrio de Soriano en el horario de 10 y 10 a 15 y 30 horas. DEMORA: Se expide en el acto.

11) AMPLIACION DE INFORMACION. La IMM podrá requerir información complementaria sobre aquellos aspectos que entienda necesarios referidos a la documentación aportada, o la correspondencia de la información proporcionada con lo que surja de los registros municipales.

12) DECLARACION FALSA. De comprobarse alguna falsedad de lo declarado, los datos o documentación aportada la I.M.M. procederá a realizar la denuncia penal de conformidad con lo dispuesto por los arts. 239 y 347 del Código Penal Uruguayo.

13) VIGENCIA. 1 año a partir de la Expedición.



Decreto 502/007 - Certificado Único Departamental

Ley 17.930 - Presupuesto Nacional - Artículo 487

DGR - Resolución 115/08 Certificado Único Departamental (Control registral)

DGR - Resolución 144/08 Certificado Unico Departamental.doc (Criterios de calificación)

DGR - Circular 27/08 Certificado Unico Departamental.doc (Refiere a la Resolución 144/08)

Decreto 329/008 (Versión Presidencia) (pdf) - Se sustituyen los artículos 3º, 6º y 7º del Decreto 502/007 que da origen al CUD


Intendencia Municipal de Montevideo. Se solicita en el piso 1 1/2, Sección Gravámenes, costo $ 41 + timbre profesional $ 85. ***DESCARGAR FORMULARIO***

Intendencia Municipal de Artigas. El certificado se expide en Sección Tributos (Av. Carlos Lecueder 472), en el horario de 12 a 18 hs., (077) 22841. El costo es de un timbre profesional $ 85, más un sellado municipal $ 42 (este último se adquiere en el sector Cajas de la Intendencia). Se debe agregar una declaración jurada de bienes previa, que refiere al NUMERO DE REGISTRO MUNICIPAL, que por lo gral todo contribuyente ya lo tiene o de lo contrario tiene que tramitarlo para poder solicitar el CUD. Si el trámite lo gestiona un tercero deberá hacerlo mediante poder notarial. El formulario se puede descargar de la página Web de la Intendencia.

Intendencia Municipal de Canelones. Costo $ 47 + timbre profesional $ 85. Se expide en el Edificio Municipal o en las Juntas Locales, en el horario de 10:30 a 17:00 hs. con excepción de Ciudad de la Costa de 10:00 a 14:00 hs. Información por el (033) 22288 interno 2. Junta de Santa Lucía. Se expide en Chile Nº 90, en el horario de 10:30 a 17:00 hs, Tel: (033) 49914.

Intendencia Municipal de Cerro Largo. Costo $ 39 + timbre profesional $ 85. Se expide en el momento en la sección Informes de deudas, Justino Muniz 591, (064) 26551/58 int. 166, en el horario de 12 a 17:30. (En forma personal por el interesado o apoderado quien deberá acreditar legitimidad)
Intendencia Municipal de Colonia. El costo es de $ 127. Se expide en el momento en el horario de 12:15 a 17:00 hs.

Intendencia Municipal de Durazno. Costo 1 UR + timbre profesional $ 85. Se expide en el Edificio Municipal, Dr. Herrera 908, (036) 23891/98, Departamento de Hacienda internos 122 y 108. ***DESCARGAR FORMULARIO***

Intendencia Municipal de Flores. Costo 1/2 UR + timbre profesional $ 85. Se solicita llenando una declaración jurada firmada por el titular. Se expide en el día en la División Ingresos de la Intendencia, 12:30 a 18:30 hs., Santísima Trinidad 597, (0364) 2210 y 2009 o en la Oficina de la IMF en Montevideo, Constituyente 1467 Piso 10 Of. 1005, 401.4307.

Intendencia Municipal de Florida. Costo timbre profesional $ 85 (no se cobra tasa de expedición). Se expide en el Edificio Municipal en 48 hs.

Intendencia Municipal de Lavalleja. El certificado se expide en el centro de cómputos, en el horario de 12:30 a 17:30 hs, teléfono (044) 26192, el costo es de $ 90 (0.25 UR) + timbre profesional $ 85, se emite en tiempo real y debe solicitarse por el titular o por intermedio de carta poder certificada (o fotocopia de C.I. del gestionante).

Intendencia Municipal de Maldonado. Costo $ 105 + timbre profesional $ 85. Se expide en Oficina de Tributos de la I. M. Maldonado, horario: 9:15 a 15:45, teléfono (042) 221921 al 30. (Presentar fotocopia de CI del titular o representante – fotocopia del poder)

Intendencia Municipal de Paysandú. Costo $ 35 + timbre profesional $ 85. ***DESCARGAR FORMULARIO***| ***DESCARGAR INSTRUCTIVO***

Intendencia Municipal de Río Negro. Costo $ 236 + timbre profesional $ 85. Se expide en el Edificio Municipal en 24 hs. (Se informó que en la próxima modificación presupuestal se establecerá que el certificado sea sin costo para el contribuyente con excepción del timbre profesional)

Intendencia Municipal de Rivera. Costo 2 UR + timbre profesional $ 85. Se expide en el Sector Tributos, (062) 31900 int. 162, en el horario de 12:45 a 19:15 hs. (Se pidió modificación del costo por ser excesivo y el único departamento que cobra ese valor)

Intendencia Municipal de Rocha. Costo $ 0.25 UR + timbre profesional de $ 85. Se expide en el Edificio Municipal, Contaduría, de lunes a viernes de 12:00 a 17:30 o en las respectivas Juntas Locales. Se le entregará al gestionante una solicitud, con copia (declaración jurada de bienes muebles e inmuebles) la que deberá ser llenada por el mismo con los datos que allí se solicitan. El certificado se expide en el día y acredita que el solicitante no mantiene adeudos pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria y/o Patente de Rodados; así como por las sanciones fiscales relativas a estos tributos. Atento a que muchos contribuyentes no registran o actualizan los cambios de dominio (en particular automotores) se recomienda plantear las solicitudes con antelación al momento en que se necesite la constancia.

Intendencia Municipal de Salto. Costo timbre profesional $ 85. Se expide en la División de Ingresos Territoriales, (073) 29898, en el horario de 13:15 a 18:15 hs. En caso de que el titular esté inscripto en el registro de contribuyentes de la Intendencia se expide en el momento.

Intendencia Municipal de San José. Costo $ 34 y $ 58 de estampillas municipales + timbre profesional $ 85. Se expedirá en el Edificio Municipal, Departamento de Contaduría 034-29000.

Intendencia Municipal de Soriano. Costo $ 20 (derecho a trámite) + timbre profesional de $ 85. Se expide en Sección Contribución Inmobiliaria de la Intendencia Municipal de Soriano, Giménez y 18 de Julio, (053) 22201/02 24470, oficina notarial (053) 23508, horario de 12:30 a 18:30 hs. Se entrega el día posterior a su solicitud y se requiere fotocopia de la CI del titular.

Intendencia Municipal de Tacuarembó. Costo $ 55 + timbre profesional $ 85, Sección Contralor de Impuesto, (063) 24671 interno 252, en el horario de 12:30 a 18:00 hs. También en las oficinas de Montevideo en Maldonado 1959, 410.14.07.

Intendencia Municipal de Treinta y Tres. Costo timbre profesional $ 85. Se expide en la División Hacienda, (045) 22241 - 21333, en el horario de 12:45 a 18:45 hs. en el momento.




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